18/2025 Programa Realicó Composta.
Realicó, 04 de julio de 2025
ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de reducir el volumen de residuos orgánicos generados en la localidad y fomentar prácticas sustentables que fortalezcan el compromiso ciudadano con el ambiente;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 25.916 establece los presupuestos mínimos para la gestión integral de residuos domiciliarios, promoviendo la separación en origen, la valorización de residuos y la participación comunitaria;
Que la Ley Nacional N° 25.675 (Ley General del Ambiente) reconoce el derecho de todos los habitantes a un ambiente sano y establece el deber de las autoridades de preservar y mejorar el ambiente, fomentando la educación ambiental y la participación ciudadana;
Que la Constitución de la Provincia de La Pampa, en su artículo 18, garantiza el derecho a gozar de un ambiente sano y equilibrado, y obliga a los poderes públicos a adoptar políticas que promuevan el desarrollo sustentable;
Que este Concejo Deliberante ha aprobado previamente la ordenanza “Compensá tu Huella Ecológica”, que promueve acciones individuales y colectivas para mitigar el impacto ambiental, y que el presente proyecto se enmarca como una herramienta concreta para potenciar dicha política, fomentando la valorización de residuos orgánicos como forma de compensación sustentable;
Que el compostaje es un método natural de transformación de residuos orgánicos en abono, que puede ser utilizado para enriquecer suelos y espacios verdes de la comunidad;
Que el 50% de los residuos domiciliarios está compuesto por materia orgánica, la cual puede ser procesada localmente mediante técnicas simples y económicas;
Que la implementación de composteras comunitarias promueve la participación vecinal, la educación ambiental y el trabajo colaborativo entre vecinos, instituciones y organizaciones;
Que en la localidad ya existen experiencias individuales de compostaje domiciliario, incluso con provisión gratuita de núcleos de lombrices a través de la Cooperativa de Agua (Copagua), lo cual demuestra el interés creciente por este tipo de prácticas sustentables;
Que Copagua, como entidad encargada de la recolección y tratamiento de residuos sólidos urbanos, dispone de palets que podrían destinarse a la construcción de composteras comunitarias, fortaleciendo la economía circular y reduciendo costos municipales;
Que especialistas del área de residuos de la Cooperativa de Agua (Copagua) han señalado que las composteras ubicadas en espacios públicos abiertos presentan altos riesgos de vandalismo, mala disposición de residuos y generación de olores, recomendando en su lugar instalar composteras comunitarias únicamente en espacios cerrados o institucionales que cuenten con responsables identificados para garantizar el buen funcionamiento y sostenibilidad del sistema;
Que este proyecto puede llevarse adelante sin necesidad de recursos económicos municipales, recurriendo a materiales reciclados, mano de obra voluntaria y el acompañamiento de instituciones locales;
Que resulta necesario generar políticas públicas que acompañen los cambios culturales hacia una gestión de residuos más sustentable, alineada con principios de economía circular y compromiso ciudadano;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1°: Créase el Programa “Realicó Composta”, que consistirá en la instalación progresiva de composteras comunitarias en distintos puntos estratégicos de la localidad, con el fin de promover el tratamiento local de residuos orgánicos y la generación de compost para uso comunitario.
Artículo 2°: El programa podrá desarrollarse en espacios institucionales tales como escuelas, clubes u otras zonas cerradas o delimitadas autorizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, en donde exista un responsable directo del funcionamiento de la compostera.
Artículo 3°: Las composteras podrán ser construidas con materiales reciclados (como palets de madera, bidones, tambores plásticos u otros elementos reutilizables) y con colaboración de:
• Vecinos voluntarios,
• Escuelas técnicas y agropecuarias,
• Clubes,
• Comercios o empresas locales que donen materiales en desuso.
Artículo 4°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios de colaboración con instituciones educativas, clubes, organizaciones sin fines de lucro y vecinos particulares que manifiesten su voluntad de participar en el diseño, construcción, mantenimiento y gestión de las composteras.
Artículo 5°: El compost generado podrá ser destinado a:
• Embellecimiento de espacios verdes públicos,
• Huertas escolares o comunitarias,
• Entrega a vecinos.
Artículo 6°: El municipio podrá brindar acompañamiento con:
• Capacitación inicial sobre compostaje,
• Difusión del programa mediante redes sociales o fanpage del municipio,
• Supervisión general del funcionamiento, sin que ello implique erogación presupuestaria directa.
Artículo7°: Invítase a instituciones locales y a la comunidad en general a sumarse voluntariamente al programa, mediante el cuidado de estaciones de compostaje.
Artículo8°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente ordenanza en un plazo de 60 días desde su promulgación.
Artículo9°: Invítese a la Cooperativa de Agua (COPAGUA) a participar activamente en el Programa “Realicó Composta”, mediante la provisión de materiales reutilizables como palets, la colaboración en la distribución y seguimiento de las composteras.
Artículo 10º: El Departamento Ejecutivo podrá celebrar convenios con COPAGUA u otras instituciones para la articulación de acciones, campañas de concientización y fortalecimiento técnico del programa.
Artículo 11°: Créase el Registro Municipal de Composteras Comunitarias, en el que deberán inscribirse todas las composteras que integren el programa “Realicó Composta”. El registro deberá consignar la ubicación, institución o referente responsable, tipo de materiales utilizados y estado operativo. Este registro será público y estará a cargo del área que el Departamento Ejecutivo designe.
Artículo 12°: El Departamento Ejecutivo, en articulación con COPAGUA y otras instituciones, promoverá activamente el compostaje domiciliario mediante campañas de sensibilización, entrega de guías prácticas y el fortalecimiento de programas de provisión gratuita de núcleos de lombrices californianas a los vecinos que deseen implementar composteras en sus hogares.
Artículo 13°: Adjúntense como Anexo I al presente proyecto una propuesta de posibles ubicaciones estratégicas para la instalación de composteras comunitarias en la localidad de Realicó, como Anexo II una guía práctica destinada a los responsables de las composteras, con recomendaciones básicas de manejo y mantenimiento, y como Anexo III una ficha de adhesión para el programa “Realicó composta”.
Artículo 14°: Comuníquese al DEM para su efecto y a la COPAGUA.-
ORDENANZA N°18/2025.
ACTA N°2421.-